Es una sociedad capitalista de carácter mercantil con personalidad jurídica, en la que el capital social está dividido en participaciones sociales, integradas por las aportaciones de los socios y valoradas económicamente. La responsabilidad de los socios se limita al capital aportado.
Requisitos:
Generalmente el número mínimo de socios es de dos o más, aunque puede ser de uno si tratamos la Sociedad Limitada Unipersonal. El capital mínimo es de 3.006 euros, totalmente desembolsados.
Ventajas:
Responsabilidad limitada al capital aportado La regulación interna de la empresa ha de realizarse democráticamente
Desventajas:
Desembolso íntegro del capital mínimo exigible en el momento de la constitución El coste administrativo es más elevado que para empresarios individuales
Trámites Principales:
Solicitar la Certificación Negativa del nombre. Ingreso bancario del capital social. Solicitud del Código de Identificación Fiscal. (CIF). Otorgamiento de la Escritura Pública de constitución de una sociedad y protocolarización de los estatutos sociales. Liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Inscripción en el Registro Mercantil. Declaración censal de inicio, alta en el IAE y solicitud del CIF definitivo. Alta en régimen especial de la Seguridad Social (autónomos). Inscripción de la empresa en la Seguridad Social y obtención del número patronal.
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